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Período de retorno y riesgo permisible de falla

La determinación de los caudales de crecida está asociada al diseño de obras de protección o conducción de agua, tendientes a disminuir el pico de la creciente o a conducirla hacia donde sus efectos adversos sean controlados o minimizados.  La magnitud de la avenida depende de su período de retorno; y de la vida útil de la obra a diseñarse.  En la tabla 1 se presentan varios períodos de retorno en función del tipo de obra a diseñarse.

 

 

 

 

Tipo de estructura

Tr (años)

Puente sobre carretera importante

50 a 10

Puente sobre carretera de importancia media o alcantarillas en carretera importante

25

Alcantarilla sobre camino secundario

5 a 10

Drenaje en aeropuertos

5

Drenaje urbano

2 a 10

Drenaje agrícola

5 a 10

Muros de encausamiento

5 a 10

Desviación de creciente s en proyectos hidroeléctricos

20 a 50

Rebosaderos para proyectos hidroeléctricos según si la presa es de tierra, enrocado o concreto

Mayor a 1000 años o creciente máxima probable.

 

 

Tabla 1. Período de retorno según la vida útil de la obra a diseñarse

 

 

Adicionalmente es necesario considerar el criterio de riesgo permisible de falla, es decir la posibilidad de que la obra llegase a fallar durante su vida útil. La importancia de la obra, la magnitud de los daños de producirse la falla y el impacto socioeconómico de los mismos, obliga a adoptar un riesgo permisible de falla que influirá directamente en el período de retorno adoptado para la determinación de la crecida de diseño.

 

 

Riesgo

Vida útil de las obras (años)

Permisible

1

5

10

25

50

100

200

0.01

100

498

995

2488

4975

9950

19900

0.02

50

248

495

1238

2475

4950

9900

0.05

20

98

195

488

975

1950

3900

0.1

10

48

95

238

475

950

1899

0.2

4

18

35

87

174

348

695

0.5

23

8

15

37

73

145

289

0.75

1.3

4.1

7.7

18

37

73

144

0.99

1

1.66

2.7

5.9

11

22

44

 

Tabla 2. Período de retorno en función de la vida útil de la obra y del riesgo permisible de falla.

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